Man holding documents stands beside a silver Mercedes car outside a DGT office at sunset with a tow truck in the background.¿Sabías que más de un millón de vehículos en España están actualmente registrados a nombre de personas fallecidas? Este sorprendente dato de la DGT revela un problema que genera múltiples complicaciones legales y administrativas para las familias.

Cuando nos enfrentamos a la pérdida de un ser querido, dar de baja su coche suele quedar en segundo plano. Sin embargo, es importante recordar que el responsable del vehículo debe informar sobre el fallecimiento en un plazo de 90 días a su Jefatura de Tráfico. Por lo tanto, conocer el proceso para dar de baja un coche de un fallecido en la DGT es fundamental para evitar problemas futuros.

En esta guía completa, te explicamos paso a paso cómo gestionar este trámite correctamente. Desde la documentación necesaria hasta los casos especiales más frecuentes, cubrimos todo lo que necesitas saber para manejar esta situación. Además, te mostraremos opciones para realizar este proceso en aproximadamente 5 días hábiles y, en muchos casos, sin coste alguno para ti.

Documentación necesaria para dar de baja un coche de un fallecido

Para dar de baja el coche de una persona fallecida necesitamos reunir diversos documentos. La correcta preparación de esta documentación nos ayudará a agilizar el trámite y evitar contratiempos.

En primer lugar, debemos obtener:

Además, si el heredero encargado no puede estar presente durante la retirada del vehículo, necesitará preparar un documento de autorización firmado y la fotocopia del DNI de la persona autorizada.

Todo este proceso debe realizarse en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (desguace).

Pasos para dar de baja definitiva el coche en la DGT

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Image Source: Rapid Traffic

El proceso para dar de baja definitiva el coche de un fallecido se realiza principalmente a través de los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos (CATV), también conocidos como desguaces. A diferencia del pasado, ahora no es necesario acudir personalmente a las oficinas de la DGT para completar este trámite.

Una vez reunida toda la documentación necesaria, los pasos a seguir son:

  1. Llevar el vehículo a un desguace autorizado. El centro debe estar oficialmente reconocido por la DGT para realizar estos trámites. Es importante que el vehículo tenga al menos las dos ruedas traseras para que pueda ser subido a la grúa sin dañar la plataforma.

  2. Entregar la documentación requerida al CATV, incluyendo la «Declaración responsable para la solicitud de baja definitiva de un vehículo por fallecimiento de su titular».

  3. El desguace tramitará la baja informando directamente a la DGT. Este servicio es totalmente gratuito.

  4. Recibir los certificados. El CATV entregará dos documentos importantes: el Certificado de Destrucción y el Justificante de Baja Definitiva. Estos documentos se entregan normalmente por correo electrónico en un plazo máximo de 10 días laborables.

Es fundamental conservar ambos documentos, pues servirán para acreditar ante cualquier administración que el vehículo ha causado baja en Tráfico.

Casos especiales y situaciones frecuentes

Al enfrentar el trámite de baja del vehículo de un familiar fallecido, existen situaciones particulares que debemos considerar.

En primer lugar, si hay varios herederos y no existe testamento, todos deben dar su consentimiento para tramitar la baja definitiva. Si existe desacuerdo (por ejemplo, si un hermano quiere vender el coche y otro quedárselo), una opción es solicitar la venta judicial, a la que ningún heredero puede oponerse.

Por otro lado, según el Reglamento de Vehículos, cualquier persona puede conducir el vehículo de un fallecido durante un máximo de 90 días, siempre que la documentación esté en regla. Pasado este plazo sin realizar el cambio de titularidad, se arriesga a una multa de 200 euros.

Asimismo, es fundamental saber que las multas tienen carácter personal y no se heredan. Si llega una sanción a nombre del fallecido, basta presentar el certificado de defunción ante la administración correspondiente.

En caso de que el vehículo tenga «reserva de dominio» (financiación pendiente), debe cancelarse esta cláusula antes de cualquier trámite. Sin hacerlo, vender el coche podría considerarse apropiación indebida.

Finalmente, aunque se realice la baja definitiva, es esencial notificar el fallecimiento a la aseguradora. La ley establece que todos los vehículos deben tener seguro a terceros hasta su baja definitiva, bajo riesgo de multas que pueden superar los 3000€.

Conclusión

Dar de baja el vehículo de un ser querido fallecido puede parecer un trámite secundario durante momentos de duelo. Sin embargo, esta gestión administrativa evita numerosos problemas legales a largo plazo. El proceso, aunque inicialmente parece complejo, resulta bastante sencillo cuando reunimos la documentación adecuada y seguimos los pasos correspondientes.

Recordemos que cualquier persona puede conducir el vehículo hasta 90 días después del fallecimiento, pero después, las consecuencias legales y económicas podrían ser significativas. Por lo tanto, actuar con prontitud es fundamental para evitar sanciones innecesarias.

Los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos simplifican enormemente este trámite, pues gestionan directamente la baja con la DGT sin coste adicional. Este sistema actual, a diferencia de años anteriores, ahorra tiempo y elimina la necesidad de acudir personalmente a las oficinas de Tráfico.

Ciertamente, las situaciones especiales como desacuerdos entre herederos o vehículos con financiación pendiente requieren pasos adicionales. No obstante, estas circunstancias tienen soluciones claras que hemos detallado a lo largo de esta guía.

El certificado de destrucción y el justificante de baja definitiva que recibirás tras completar el proceso son documentos esenciales que debes conservar cuidadosamente. Estos papeles constituyen la prueba oficial de que has cumplido con tus obligaciones legales respecto al vehículo.

La pérdida de un ser querido conlleva muchas responsabilidades administrativas. Este trámite específico, aunque pueda parecer abrumador inicialmente, se resuelve en aproximadamente cinco días hábiles cuando se aborda correctamente. Afrontar esta gestión no solo cumple con las exigencias legales, sino que también representa un paso más hacia la normalización de la vida tras una pérdida significativa.